Guerra de poderes en su nivel más álgido: ¿Qué pasará si se veta la Ley de Amnistía?

4:45:00 p. m.
Foto: News Report

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La guerra de poderes en Venezuela ha llegado a su momento más álgido desde que la opocisión ganara por mayoría calificada de dos tercios las elecciones legislativas del 6 de diciembre. Como prometió la Mesa de la Unidad (MUD) en campaña electoral, la aprobación de la ley de amnistía ha seguido su curso y ya ha pasado en segunda lectura ante la alegría desde las gradas de la Asamblea de Lilian Tintori, tras dos años luchando por la liberación de su esposo, Leopoldo López. Con él, son más de 70 los presos políticos que se verían beneficiados, a priori. Sin embargo, horas después de aprobarse en el Parlamento, el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, ha asegurado que vetará esta ley.

ABC de España.

Dos autoridades frente a frente. Ambas elegidas por el mismo pueblo soberano. Pero Maduro -el ejecutivo- se empeña en dejar a la Asamblea -legislativo- como un poder de segunda para dirigir Venezuela. Así lo consideraba este miércoles en la Fundación Berstelmann de Madrid Carlos Malamud, investigador del instituto Elcano para América Latina, en un debate sobre el cambio de ciclo que parece vivir el subcontinente.

Maduro tiene ahora diez días para promulgar o vetar la ley de amnistía, modificarla y devolverla a la Asamblea o remitirla al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). El presidente de la cámara Henry Ramos Allup cree que el mandatario hará una maniobra en el Tribunal Supremo para impugnar la ley parlamentaria.

—¿Qué pasará ahora? ¿Prevalecerá la voz del legislativo o el puño y la firma del ejecutivo?

«El Presidente no podría opinar sobre el contenido de la ley porque la amnistía es una competencia política, privativa y exclusiva de la Asamblea», explica a ABC Rafael Badell, doctor en Derecho y socio fundador del despacho de abogados venezolano Badell & Grau. «La Amnistía es una competencia de la Asamblea Nacional en función de gobierno, distinta de la función legislativa. Así se desprende de la regulación constitucional que contempla la competencia para legislar y la competencia para decretar amnistías en el mismo artículo pero en numerales diferentes. (art. 187, 5 de la Constitución)», añade.

Pero tal como se recoge en un artículo en «Prodavinci», el abogado venezolano recuerda que la Ley de Amnistía tiene un importante límite, ya que en el Artículo 29 de la Constitución se especifica que no puede dictarse esa ley para olvidar delitos por violaciones de derechos humanos ni los delitos de lesa humanidad («ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque, como parte de una política de Estado o de una organización política»).

El proyecto de Ley se refiere a los delitos cometidos como parte de actuaciones que respondieran a «una motivación política, en el marco de manifestaciones o protestas; de la difusión de opiniones o informaciones; o de la realización o promoción de acciones, proclamas o pronunciamientos públicos que pudieran atentar contra el orden general establecido».

También estudiantes y periodistas

La prestigiosa ONG Foro Penal Venezolano ha publicado a través de su portal web una lista donde se muestran los 75 presos políticos que existen actualmente en el país.

Así, además de Leopoldo López se verían favorecidos el ex gobernador del Zulia, Manuel Rosales, el alcalde metropolitano de Caracas, Antonio Ledezma, el ex alcalde de San Cristóbal, Táchira, Daniel Ceballos, varios estudiantes, así como los directores y periodistas procesados, en parte, por hacerse eco de informaciones de ABC.

El presidente tiene un poder de veto relativo, al poder solicitar a la Asamblea que modifique la ley. Esta podrá seguir la orden del Ejecutivo o insistir. Tras esto, el presidente deberá promulgarla y si se negara, el Parlamento podrá hacerlo por sus propios medios. No obstante, según los expertos consultados, cualquier decisión adoptada por la mayoría asamblearia podrá ser revisada por la Sala Constitucional del Supremo. Maduro podría recurrir el texto alegando que viola la Constitución, solicitando el pronunciamiento de la Sala Constitucional.

«La suprema corte puede prescindir de los jueces que están de forma interina, más del 70% de los jueces no tienen inamovilidad y pueden ser destituidos de la noche a la mañana. No solo no hay una identificación política absoluta, sino que el resto de los jueces dependen en sus carreras de la buena imagen y relación con la Suprema Corte», decía recientemente a ABC José Miguel Vivanco, director de la División de las Américas de Human Rights Watch (HRW).

Todavía quedan por tanto varias batallas en esta guerra que marca el inicio de un nuevo ciclo en Venezuela, al tiempo que se acerca aún más al colapso como país.


Fuente: Rayli

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