Cerrados pasos fronterizos de Venezuela de 10 pm a 5 am

10:32:00 a. m.
(Foto EFE)

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A través de la Resolución Conjunta N° 472 y 007924 de los Ministerios del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz y para la Defensa, publicada en la Gaceta Oficial Nro. 40.561 que circula este lunes, se ordena al Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (CEOFANB), que gire las instrucciones pertinentes a los Comandantes de las Regiones de Defensa Integral, para Restringir el desplazamiento Fronterizo de Personas, tanto por vía terrestre, aérea y acuática, y de vehículos, durante el horario comprendido desde las veintidós horas (22:00hrs), hasta las cinco horas (05:00hrs). noticierolegal.com


Con el objeto de resguardar la inviolabilidad de las fronteras, combatir el contrabando y prevenir actividades de personas que pudiesen representar amenazas a la seguridad de la República, de conformidad con los parámetros de actuación de los órganos de seguridad del Estado.


Todas las personas naturales o jurídicas, propietarias y conductores de vehículos dedicados al transporte terrestre de carga, la prohibición de la circulación de vehículos de carga y de transporte de mercancías de cualquier rubro, durante el horario comprendido desde las dieciocho horas (18:00hrs), hasta las cinco horas (05:00 hrs), en todos los municipios fronterizos.




Fuente: pamela

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